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Ley 8/1991, según redacción dada por el Real Decreto Ley 14/1996 y art.68 de la Ley 13/1996, del "Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla"
Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en la Ciudad de Ceuta. (Aprobada por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el 30 de junio de 1997) Características principales:
Impuesto Municipal, indirecto, que grava el Volumen de Ventas. Sujeción: a. Producción o Elaboración. b. Prestación de Servicios.
c. Entrega de Bienes Inmuebles.
Construcción
Ejecución de Obras Inmobiliarias
Transmisión de Bienes Inmuebles
d. Consumo de Energía Eléctrica. e. Importación.
No Sujeción: a. La Entrega de Bienes Muebles Corporales. b. Producción de Energía Eléctrica.
Remisiones constantes a la legislación común del I.V.A. |
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