Regla General:
Empresario o Profesional que realice la actividad. (Tendrán también esta condición los arrendadores de local de negocio)
- Producción o Elaboración.
- Prestación de Servicios.
- Entrega de Bienes Inmuebles.
- Distribución de energía eléctrica.
Regla Especial - Inversión del Sujeto pasivo (Destinatario).
En las entregas de bienes inmuebles, prestaciones de servicios y suministros de energía eléctrica en las que el prestador o transmitente radique fuera de Ceuta y el adquirente o destinatario sea empresario o profesional y radique en Ceuta, se producirá la inversión del sujeto pasivo, siendo éste para dicha operación el Empresario o Profesional radicado en Ceuta.
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